¿Independencia o infalibilidad judicial?

Un ex presidente de la Corte Suprema definió éste como el “siglo de los jueces”. A pesar del regocijo que tal expresión le parecía producir, es acertado como diagnóstico, pues ciertamente vivimos en una época en la que los jueces han asumido un importante protagonismo público y en el que sus fallos tienen un notable impacto político. Hoy, su papel ya no está circunscrito a la redacción de voluminosas sentencias actuando como “boca de la ley”. Estos dos elementos caracterizan la politización de la justicia. En otro lugar he sugerido cómo incluso el activismo judicial puede configurar lo que Schmitt llama el “Estado jurisdiccional”.

Lo paradójico es que a muchos jueces les guste jugar un activo papel público, y no asuman las consecuencias que ello trae consigo. Acá se considera normal que los jueces den a conocer sus decisiones mediante comunicados de prensa (y no por medio de sentencias) y que opinen frecuentemente sobre asuntos diferentes a los de su propio resorte. Pero cuando son cuestionados y criticados públicamente, los togados se refugian en la independencia y la autonomía judicial, y consideran dichas opiniones como agresiones o intromisiones ocasionadas por el cumplimiento de sus funciones.

¿El desacuerdo del Presidente con algunas sentencias judiciales puede considerarse impropio, desacato u obstrucción a la justicia? Sin pretender hacer un análisis sicológico, la tesis parece obedecer a una honda susceptibilidad. Porque sustento jurídico o político no tiene. Jurídico, porque sostener que la controversia debe darse exclusivamente dentro de los procesos supone desconocer el alto impacto que por sí mismas producen ciertas decisiones. De hecho, es un signo positivo que la ciudadanía se interese por algunos procesos judiciales y los discuta. Los casos, por lo demás, suelen tener tantos críticos como defensores.

Pero tampoco tiene sustento político, porque los jueces no pueden pretender que fallos que no solo tienen efectos inter partes, sean recibidos sin objeciones por la sociedad. Esperar tal cosa es contradictorio con el papel público que los mismos jueces han querido desempeñar. Como jefe de gobierno y ciudadano, el Presidente tiene todo el derecho a discutir una sentencia. Desinstitucionalizador sería que invitara a desconocerla, o que impidiera su cumplimiento. Pero no ha sido así. ¿De cuándo acá el Derecho se volvió una ciencia exacta y esotérica?
Es imposible evitar la deliberación, la crítica y la controversia pública cuando algunos fallos exhiben errores ostensibles, o dejan la sensación de una justicia selectiva o revanchista. En el caso del coronel Plazas Vega hay aspectos que generan profunda inquietud jurídica. Por ejemplo, que lo condenaron por un delito que no estaba tipificado en el código vigente al momento de la retoma, y que le imputaron una responsabilidad mediata o indirecta. Esto contradice principios elementales del derecho penal. Cuestionar esa decisión es apenas obvio y necesario en una sociedad libre.

Como también lo es cuestionar el abuso con la figura de los delitos de lesa humanidad, los cuales evidencian una forma fácil de subsanar la negligencia investigativa de décadas. Natural es cuestionar la moralización promovida por quienes asumen los derechos humanos como una causa partidista e ideológica, sugiriendo que quienes plantean reparos a la forma como se hace su defensa son unos violadores de aquellos. Así, quienes no defienden los derechos humanos a cualquier costo o no condenan sus violaciones con excitada indignación no estarían del lado de la Humanidad. Luego, son inhumanos. O salvajes.

Los jueces no son el cimiento de la democracia, honorables magistrados. En rigor, no lo es el Ejecutivo ni el Legislativo, pues las tres ramas, que deberían trabajar armónicamente –lo que incluye deliberación pública, así como cordiales reuniones personales– son el cimiento del régimen republicano. La base de la democracia es la libre deliberación y participación de todos los ciudadanos, sin distingos, en las decisiones públicas. Lo impropio es que los jueces pretendan silenciar la controversia civilizada y razonable. Incluso, es antidemocrático, pues en una democracia, nadie es infalible. Menos los jueces.

Apostilla: ¿Qué dirán ahora los que se oponían al rescate militar de los secuestrados? El Presidente y el Ejército nos han despertado nuevamente un profundo orgullo patrio.

Publicado en El Mundo, 17 de junio de 2010.

Bogotá, 15 de junio de 2010.

Comentarios

Apreciado Iván:
Creo que un elemento que hay que tener en cuenta -sobre todo por parte de los politólogos- es el papel institucional del Presidente.

Estoy absolutamente de acuerdo contigo en el papel que cumple la motivación de las sentencias: es el mecanismo de control (difuso, si se quiere) que las sociedades tienen sobre la actividad tan importante que le encarga a sus jueces. Por eso comparto tu afirmación acerca del interés de la ciudadanía sobre los procesos judiciales y me parece muy sano que eso se reivindique: los jueces rinden cuenta a la sociedad mediante la motivación de las sentencias, y ésta les controla mediante su crítica. Por eso la legitimidad de los jueces es distinta de la de los políticos: a los políticos les vale cualquier argumento, y la sociedad los evalúa en las urnas. A los jueces no. Ahí es donde juega la independencia.

Lo que sí considero un error es creer que las declaraciones públicas del Presidente sobre la sentencia (calificándola de injusta sin apenas haberla leído, rodeado de la cúpula militar, en televisión, horario estelar, con interrupción del resto de la programación para su alocución) son inocentes y tienen la misma naturaleza que la tuya o la mía, cuando comentamos una sentencia en un blog o en un artículo académico.

Por lo demás, te reitero que considero un error (y me atrevo a decir que proviniendo de un jurista no es un error leve) afirmar que se le atribuyó a Plazas una "responsabilidad mediata o indirecta" que consideras contradictoria de principios elementales del derecho penal. Como lo dije en otro comentario en tu blog, aunque los términos se asemejen, lo que se le atribuyó a Plazas fue una autoría mediata, que es otra cosa: sobre esa otra cosa (de la que se escribe mucho últimamente en Alemania, España y América Latina, y sin duda es una discusión fecunda) debería centrarse el debate, pues lo que afirmas es distorsionador.

Otro tema es, creo, la afirmación de la existencia o no del tipo penal en 1985 y las pruebas que existan sobre los hechos. Ahora bien: estoy de acuerdo en que la negligencia investigativa de décadas merece reproche. Pero la desaparición forzada fue definida como delito de lesa humanidad al menos desde la convención de la OEA de 1994.
ElAlispruz dijo…
Iván muy bueno el artículo. Además es el primer argumento de peso que oigo en defensa de Plazas Vega, pero irónicamente bajo ese supuesto se caerían los juicios de Nuremberg: ¡los condenaron por un delito que no existía en el estado alemán!.

Sin embargo me queda una inquietud ¿por qué el hecho que los jueces ya no sean la "boca de la ley" implica una politización de estos? El pretor romano no era estrictamente "boca de la ley" ¿eso implica que estaba politizado? ¿Es malo que el juez no sea boca de la ley? Lo que es malo es el viciecito de la Corte Constitucional de fallar con comunicados de prensa. Además hay que aclarar que entendés por "politización" ¿poder o bien común? Si se trata de la primera es un papel nuevo, la segunda es esencial en la vida de cualquier comunidad.

Un saludo!
Apreciado Maximiliano, gracias por tu comentario.
Evidentemente el peso de lo que dice el Presidente es notable. Sin entrar en el cómo que puede ser cuestionable, estoy de acuerdo, lo que pretendo cuestionar es la idea que ha hecho carrera acá en ciertos medios y promovida desde la misma Corte Suprema de que cuestionar las decisiones judiciales implica desprestigiar a la Corte (recuerdo una entrevista en La FM reciente) o que suponen agredir o interferir en la independencia y autonomía de la Corte (como dice el comunicado del 10/6/2010).
En otras palabras, que la colaboración armónica puede coexistir con la deliberación pública, que debe ser respetuosa, por supuesto, y acá, hay formas del estilo del Presidente que no comparto.
He vuelto a ver la alocución y Uribe no cataloga de injusta la sentencia, sino otra cosa, la "teoría de la ratonera", con lo cual estoy de acuerdo.
Lo del tipo penal me parece imprescindible, porque si no existe en el Código de 1980 debe ser juzgado por asesinato, lo cual, como sabes, requiere probar dolo o culpa. Mi sensación por lo que he leído, y conversado con gente que conoce el caso de cerca, es que Plazas fue un chivo expiatorio. Y eso es muy grave, porque una justicia que se equivoca en los responsables no es justicia. Dostoyevski escribió que es preferible dejar de condenar a 100 culpables que condenar a un solo inocente. Y creo que tenía razón.
Un abrazo.
Daniel, yo creo que no se puede perder de vista que Nüremberg y Tokio son situaciones excepcionales históricamente, por la magnitud de lo ocurrido, y por la ausencia de una legislación que reprochara tales crímenes. No creo que sean la regla general, y menos de los juicios penales.
Lo de "Boca de la ley" es una alusión a la diferencia histórica en el papel del juez.
La politización implica sentencias con contenido político ("activistas" las llaman algunos) y cierto rol público. Por politización entiendo más bien que el juez asume un papel que le corresponde al político: decidir sobre el devenir de la sociedad en su conjunto, y que asume el protagonismo propio de un personaje público. En ese sentido, politización es tanto bien común (porque si bien el fenómeno es cuestionable supongo que no hay mala fe) y poder. Es decir, Aristóteles y Maquiavelo al tiempo.
Por supuesto Iván que lo del tipo penal es imprescindible: ese es un punto que tiene que quedar aclarado en la sentencia o ser criticado.
Yo no defiendo la sentencia ni la condena al Coronel Plazas, sólo digo que la crítica y la defensa de la sentencia pasan por su lectura juiciosa y creo que hay terrenos fértiles para la discusión.

El de la autoría mediata es, sin duda, un caso de estudio para los penalistas, y dará de qué hablar, pero no por lo que señalaste, sino cuando se estudien las condiciones bajo las cuales se aplicó una teoría conocida en este caso concreto: allí seguramente habrá mucha tela para cortar y conozco penalistas muy serios que ya están en ello.

Yo apenas recibí ayer una copia de la sentencia y son más de 300 páginas que no he podido leer, y mucho me temo que el Presidente aún no había leído al hacer la alocución. Te confirmo, eso sí, que en la parte resolutiva habla del delito contemplado en la ley 599 de 2000 y, por lo poco que he alcanzado a leer, lo justifica la juez en que el delito es de ejecución permanente que habría persistido desde 1985 hasta la entrada en vigor del código penal de 2000 y hasta la fecha de la sentencia (algo así como "los desaparecidos siguen desaparecidos", sería el argumento principal), lo cual le permitiría -y acá invoca argumentos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos- considerar como ley vigente al código penal de 2000, a diferencia de lo que habría ocurrido si se tratara de un delito "instantáneo". Ahí hay, también, tela para cortar, pero a partir de los argumentos de la sentencia.

En todo caso, no se puede olvidar que quedan instancias judiciales superiores y que, más allá del respeto y acatamiento al que todos estamos obligados, el mejor servicio que los juristas pueden prestar a los jueces está en criticar con rigor las sentencias que producen.
Maldoror dijo…
Iván:

Yo sólo voy a hacer dos observaciones rápidas:

1. Sobre el cuestionamiento de Uribe a la decisión judicial de Plazas Vega, a mi me parece particularmente grave que el cuestionamiento no tiene ninguna base juridica. No se trata de que Plazas Vega sea inocente o no, se trata de que a "los héroes de la patria" no se les puede juzgar, y que las decisiones judiciales "desmoralizan la tropa". A mi esos argumentos me parecen escándalosos. Básicamente es una reafirmación de que los militares tienen licensia para asesinar.

2. Me causa gracia que los conservadores como ud que siempre han sido defensores de un modelo repúblicano y con restricciones constitucionales a la voluntad de la mayoría, ahora pretendan que el fundamento de la democracia es la opinión del pueblo. El populismo está bien, siempre y cuando sirva a su ideologia.
Unknown dijo…
Profe
Felicitaciones... me ha parecido una ponderada y acertada columna.
Maldoror,
Me parece que los argumentos de Uribe son básicamente políticos, y creo que es natural que se pronuncie, al fin y al cabo es el Comandante en Jefe de las FF.AA.
La columna apunta básicamente a reivindicar el derecho de deliberar de todos los ciudadanos, incluido el presidente.
Sobre lo segundo, le ruego que no me clasifique o etiquete. No soy propiamente conservador, al menos no en todos los asuntos. La voluntad del pueblo me parece importante, tanto que estuve de acuerdo con la primera reelección.

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