La condena a Plazas Vega
Desde el principio tuve la intuición de que la condena contra Plazas Vega era injusta. Pero luego de leer a Rafael Nieto Loaiza, y escucharlo en Hora 20, confirmé mi intuición. Los argumentos jurídicos para cuestionar el fallo son muy serios.
Y entre los políticos, sólo menciono el drama de una sociedad que aplica selectivamente la justicia y que declara vencedores en los escritorios a quienes perdieron en el campo de batalla…
Acá parece haber algo tenebroso detrás. ¡Qué horror esta justicia revanchista!
Bogotá, 14 de junio de 2010.
Y entre los políticos, sólo menciono el drama de una sociedad que aplica selectivamente la justicia y que declara vencedores en los escritorios a quienes perdieron en el campo de batalla…
Acá parece haber algo tenebroso detrás. ¡Qué horror esta justicia revanchista!
Bogotá, 14 de junio de 2010.
Comentarios
[...] sólo menciono el drama de una sociedad que aplica selectivamente la justicia y que declara vencedores en los escritorios a quienes perdieron en el campo de batalla […]
No tengo ni idea que tiene que ver "declarar ganador" al M-19, con el hecho de que se condene a un militar por la tortura y desaparición de personas (que ni siquiera eran los guerrilleros que se tomaron el Palacio). Quizás ud lo vea como un concurso de "ganadores y vencedores", yo en cambio creo que se trata de hacer justicia cuando alguién responsable de un asesinato es condenado por el mismo, así ese alguien se ampare detrás de la retórica ridicula de que son seres superiores con el derecho a asesinar y torturar, porque son "héroes de la patria" y están "defendiendo la democracia maestro".
1. Que a Plazas lo condenaron por un delito que no existía en el código de 1980.
2. Que a Plazas lo condenaron con base en una responsabilidad mediata, es decir, no directa (elemento imprescindible en materia de responsabilidad penal).
3. Que no está probado que él personalmente dio las órdenes.
Eso por no mencionar las inconsistencias de los testigos que menciona M. Isabel Rueda el domingo en El Tiempo.
Si lo anterior es cierto, mi conclusión es apenas obvia: la condena es arbitraria.
Maldoror, cuando digo que el M-19"ganó", lo digo en perspectiva histórica, es decir, para la historia quedará que quienes planearon el asalto no pagaron cárcel, y quienes hicieron la retoma sí. Eso, por supuesto, no pretende justificar violaciones a los DH, lo que no está claro acá es si Plazas es el responsable, o es otro. Seguramente estamos de acuerdos en que quienes delinquen deben pagar. Pero ¿y qué pasa si quienes pagan no son los verdaderos responsables?
Por eso Dostoyevski escribió que es preferible dejar libre a 100 culpables, antes que juzgar a un inocente.
Le respondo.
1. Ese argumento es risible, sobre todo viniendo de alguién que cree en la teoría del derecho natural. El asesinato y la desaparición de personas creo que eran crímenes en 1985, y si no lo eran no importa: DEBERÍAN SERLO. Son crímenes, además, de lesa humanidad. Eso es como decir que como el asesinato de judíos no era un crímen en la alemania Nazi, no había derecho a juzgar a Eichman.
2 y 3. Son otra cosa. Pero por un lado Plazas Vega era el comandante de la operación de palacio, y hubo rehenes que salieron vivos de Palacio y volvieron aparecer muertos en Palacio (como el magistrado Urrán). Otros fueron llevados a la escuela de caballería, donde fueron torturados, sitio que estaba comandado por Plazas Vega. Además hay al menos dos testimonios de militares que confirman que Plazas Vega estaba al mando de los interrogatorios y las torturas.
Respecto a lo del M-19, yo no tendría ningún problema en que se juzgara a los guerrilleros responsables de la toma. El problema es que en su aplastante mayoría los autores intelectuales (por no hablar de los ejecutantes en el terreno) están....muertos. Ni modo que paguen cárcel. A menos que esto sea una diatriba contra cualquiera que haya pertenecido al M-19, como responsable de la toma así no haya tenido nada que ver con ella. Pero si ese es el caso ¿por qué no aplicar la misma lógica con todos los integrantes del ejército y hacerlos responsables a TODOS por las atrocidades de la retoma, así no hayan tenido nada que ver con la misma?
Siguiedo lógicamente con su argumento, en unos años podrían encarcelarnos a usted y a mí por discutir públicamente sobre una sentencia judicial, supóngase que un juez lo considerara delictivo... ¿Estaría de acuerdo, o pensaría que a uno lo deben juzgar sobr la base de las leyes vigentes, que son precisamente las que uno puede conocer?
El principio "nula pena sine lege" no está en contradicción con el derecho natural. Es una cuestión de certeza y seguridad jurídicas. Busca evitar la arbitrariedd.
Evidentemente los tribunales de Nürenberg y Tokio respondieron a situaciones excepcionales. Su argumento es sofista, porque cuando se defiende el ordenamiento vigente no se denigra del derecho natural.
Se que los guerilleros que se tomaron el Palacio están muertos. Insisto, mi comentario es a modo de balance histórico, no creo que la solución a un conflicto sea judicializarlo, así que no estoy de acuerdo con su propuesta de juzgar a todos.
1. Vuelvo y le repito: el delito de desaparción forzada y secuestro, ya existía en 1985 y fue por lo que procesaron y condenaron a Plazas Vega (está en la condena que dio la juez).
2. Ud todavía debe probar que mi argumento es sofista. No estamos hablando de ser juzgado por infracciones menores o de haber violado una ley con meras consecuencias civiles, estamos hablando de asesinato, secuestro y desaparición forzada (es decir, de la violación de derechos humanos fundamentales). Ud dice que el caso de los juicios de Nuremberg obedece a una "situación excepcional", pero claramente su descripción de lo "excepcional" es de lo más vago que hay ¿Cual es el limite para no juzgar un asesinato, una tortura o una desaparición que supuestamente no esten consideradas como delitos en una legislación anterior? ¿Cual es el limite que distingue un delito ordinario de un asesinato, secuestro y tortura? ¿Cuantos tienen que ser víctimas de crímenes tales para que se convierta en "excepcional"? Creo que su argumento es básicamente incosistente e ilógico.
Pero incluso ateniendonos a la jurisprudencia más reciente (si no quiere la discusión filosófica),ya los delitos de lesa humanidad no prescriben, por lo que su punto tampoco es muy defendible.
3. No sé porque tengo la impresión de que si en algo coinciden los militares (y la derecha que los apoya) y algunos militantes del M-19, es en que la solución a lo que pasó en el palacio de justicia es hacer mero juicio histórico, por el cual no tengan que asumir ninguna responsabilidad real, y como dicen..."dejar así" y hacer como que no pasó nada. Muy conveniente.
Creo que tu crítica a la autoría mediata -que, según dices, tomas del análisis de Nieto- no es acertada. A Plazas no lo condenaron por "responsabilidad mediata" (que opones a responsabilidad directa y quee s un concepto que realmente no existe en la teoría del delito) sino como autor de un delito, en calidad de autor mediato: todos los manuales de derecho penal explican en qué consiste la autoría mediata y creo que el error de Nieto es no detenerse siquiera a pensar en qué consiste, pero es entendible: él no es penalista.
Lo que sí puedes discutir es la aplicación de la teoría de la autoría mediata "en virtud de aparatos organizados de poder" (con origen en Roxin). Escribí algo al respecto (aunque en el ámbito de delitos en la empresa) hace unos años en Nuevo Foro Penal, pero la literatura ya es bastante amplia y fue justamente la doctrina que aplicó la Corte Suprema para condenar a los miembros del Coce del ELN por los hechos de Machuca, o la que se aplicó a Abimael Guzmán en el Perú. Ahí hay un punto interesante de discusión, pero no creo que sirva para deslegitimar la sentencia de entrada.
Por lo demás, creo que el hecho de que esté probado (o no) que Plazas diera las órdenes, es justamente una de las diferencias entre la autoría mediata y la participación a título de determinador. Pero todo eso deberá estar justificado en la sentencia.
Desconozco el estado del arte de la autoría mediata, te agradezco la precisión.
Lo que he podido averiguar es que lo condenan no por dar las órdenes directamente sino por ser responsable de quienes habrían desaparecido a las personas.
Gracias de nuevo.