La Corte y la libertad de cultos

Interesante, y justo: la Corte Constitucional reconoce como parte de la libertad religiosa y de cultos el derecho a no presentar el ICFES un domingo:
http://www.semana.com/noticias-nacion/corte-motivos-religiosos-estudiantes-pueden-cambiar-fecha-prueba-del-icfes/147036.aspx

Lo curioso es que en Colombia es más fácil cambiar la fecha de un examen que negarse válidamente a intervenir en la práctica de un aborto. Incluso aunque para oponerse al mismo no hay solamente razones religiosas...

Bogotá, 10 de noviembre de 2010.

Comentarios

Maldoror dijo…
Respecto a la objeción de conciencia en contra de la práctica del aborto, creo que es relativo. Si ud es un medico y trabaja para un hospital publico o una EPS, tiene que brindar los servicios que la ley le exige. Otra cosa es si se trata de un médico privado o que trabaje para una institución privada. Lo que no tengo claro es si la corte obliga al médico en ambos casos a practicar el aborto.
Así es Maldoror, no distingue, e intenta obligarlo en los dos casos. A un médico de Manizales lo condenaron a pagar una millonaria suma por negarse a practicar un aborto, no se si sabía...
Pero me parece que ése no es el problema, el problema es considerar que existen ciudadanos (los que trabajan en el sector público) que tienen menos derechos y garantías que los demás. Eso reitera la Corte frente a los jueces en la T-388, profundizando el error.
Olvídese que se trata del aborto: ¿no le parece que es una discriminación y una injusticia que el Estado restrinja los derechos de unos ciudadanos teniendo en cuenta aquello en lo que trabajan?
Maldoror dijo…
Ivan:

No me parece. Si ud trabaja para el sector público, ud asume que tiene que plegarse a ciertas exigencias segun lo demande la ley. Si la ley le exige a ud practicar un aborto, y ud trabaja para el sector publico o lo hace o deja de trabajar para el sector público. No veo la restricción de los derechos de los ciudadanos...siempre deberían tener la opción de no trabajar para el sector público si no les gusta lo que tendrían que hacer.
Curioso razonamiento: alguien que sin duda está de acuerdo con que no se discrimine, es decir, que se considere con menos derechos que los demás, a alguien por su raza, religión, condición sexual, nacionalidad o cualquier otro motivo, aprueba una discriminación en consideración ¡al trabajo que esa persona realiza! ¡porque tiene la curiosa condición de trabajar para una entidad del Estado!
No puedo estar más en desacuerdo, y veo que su talante liberal es un poco contradictorio, como contradictorio es su aprecio por la igualdad.
Maldoror dijo…
No veo la discriminación. Nadie está diciendo que una persona con convicciones anti abortistas no puede trabajar para el Estado. Lo que se está diciendo es que si entre las condiciones del trabajo se le exije a ud prácticar abortos (porque la ley asi lo demanda), ud está en la obligación de hacerlo. Es más o menos lo mismo que en una entidad privada: Si yo me meto a trabajar en un hospital privado en el que como condición de trabajo se me exije practicar abortos, y me opongo a la práctica, o tomo el trabajo y asumo las consecuencias o no lo tomo.

Mañana ud me va a salir a decir que si alguien objeta las transfuciones de sangre (ejemplo, los testigos de Jehova) entonces si trabaja para un hospital se puede rehusar a llevarlos a cabo. Lo cual es igualmente absurdo.

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