Sobre un "publi-editorial pro-aborto" de El Espectador

Señor Director,

Pocas veces he leído un escrito con tantas falacias como el editorial “Limites al Procurador”, publicado el 17/8/2010. Pasando por alto que el mismo parece escrito por Mónica Roa, una reconocida activista pro-aborto de quien no se puede esperar objetividad en el tema, o al menos, el intento por evidenciar la compleja problemática pública que encierra esta discusión, voy a limitarme a señalar algunos de los errores del escrito.

1. La sentencia C-355 despenalizó el aborto en tres circunstancias específicas y bajo ciertos supuestos. Eso no implica que haya convertido el aborto en derecho, pues declarar que una conducta no será penalizada por parte del Estado no significa que se pueda o deba promover oficialmente. El aborto, parece obvio decirlo, sigue siendo delito en Colombia.

2. ¿No es un abuso además de considerar como derecho una conducta que simplemente fue despenalizada, decir que se trata de un derecho humano? Con esta equiparación, el editorial banaliza un concepto tan caro a la cultura occidental contemporánea.

3. ¿A qué conjunto de normas aluden ustedes cuando dicen que reglamentaron la sentencia C-355? Hasta donde sé, sólo se expidió el Decreto 4444 de 2006 del Ministerio de Protección Social, el cual fue suspendido por el Consejo de Estado, y en la actualidad no se encuentra vigente.

4. ¿Constituye un abuso de poder –como plantea el Editorial– que la Procuraduría exponga sus argumentos jurídicos ante los canales institucionales –como en efecto hizo– por una sentencia que se extralimitó en sus funciones? ¿O lo que les incomoda a Ustedes es que ahora en la Procuraduría no se defienda oficialmente la postura pro-aborto?

5. ¿Se puede descalificar un funcionario público –como hace el Editorial con Ilva Miryam Hoyos– por oponerse a la despenalización del aborto? Paradójicamente en el mismo editorial se alude al Siglo de las luces, a la Constitución y al estado democrático. Desde cualquiera de estos tres es absurdo descalificar a alguien por su postura ideológica o sus convicciones. Con ello El Espectador, un diario tradicionalmente liberal, evidencia un nuevo tipo de censura.

6. Las referencias a Women’s Link Worldwide reviven un debate viejo: la molestia de esta organización –de la cual hace parte Mónica Roa– porque la Procuraduría, en ejercicio de sus derechos, decidió no continuar con sus servicios. Ya debería ser tiempo de que esta organización superara esa situación, y deje de exhibirla ante los medios como algo que no es. Hace mal El Espectador defendiendo una causa particular.

7. A pesar de editoriales tan sesgados como éste, la discusión sobre el aborto seguirá abierta acá y en muchos lugares del mundo. En EEUU, después de casi 40 años de su despenalización la sociedad aún está dividida sobre el tema. Por eso, harían bien Ustedes en no poner esta discusión entre unos que promueven los derechos humanos –los pro-aborto– y quienes lo niegan –los pro-vida–, pues con ello no solo desinforman a la ciudadanía, sino que trivializan una cuestión muy seria, que toca convicciones muy arraigadas en las personas.

8. Deberían leer con detenimiento la sentencia impugnada por la Procuraduría que, en mala hora, la Corte ratificó, pues allí los errores jurídicos y constitucionales son muy evidentes además de graves. Sólo por citar un caso, la mujer que le autorizaron el aborto tenía ya siete meses de embarazo, y allí se intimida a los jueces de la República si invocan la objeción de conciencia. Esas consideraciones sí merecerían un editorial de Ustedes. Y no este “publi-editorial pro-aborto” que pone en entredicho la seriedad del periódico.

Cordialmente,
Iván Garzón Vallejo

Publicado (con algunos cambios) en:
http://www.elespectador.com/columna-219778-sobre-un-editorial-pro-aborto

Bogotá, 17 de agosto de 2010.

Comentarios

Maldoror dijo…
¿Constituye un abuso de poder –como plantea el Editorial– que la Procuraduría exponga sus argumentos jurídicos ante los canales institucionales –como en efecto hizo– por una sentencia que se extralimitó en sus funciones?

Obviando el resto de sus comentarios, tan poco objetivos e incapaces de "evidenciar la compleja problemática publica que encierrra la discusión) por provenir de una persona claramente anti abortista, quisiera preguntar
¿Exáctamente como se extralimitó la sentencia en sus funciones?
Maldoror, enumero algunos, y si tiene interés, lo invito a que lea el documento de la Procuraduría o la propia sentencia:
1. Una sala de la Corte (3 magistrados) no puede reglamentar una sentencia de constitucionalidad.
2. Una sentencia de tutela no puede reglamentar una una sentencia de constitucionalidad. Menos ir más allá de aquella.
3. La tutela fue concedida por el juez, por eso no se entiende la necesidad de la revisión de la Corte.
4. Los supuestos médicos del aborto son muy discutibles (además de que la mujer tenía ya 7 meses de embarazo, lo cual, constituye un infanticidio).
5. Por lo anterior, el caso parecería no encajar en los supuestos de la C-355.
6. En la sentencia se restringe la libertad de conciencia de los jueces, amedrentándolos con un prevaricato si invocan la objeción de conciencia.
Saludos.
Maldoror, algo va de un editorial, que fija la posición de una institución, en este caso, un periódico, a una carta al director. ¿No le parece?
Anónimo dijo…
Vuelve y se repite la historia... todas esas personas que invocan que se tolere su posición "abierta" frente al aborto, el matrimonio hosexual... no toleran que se invoque la ley para refutar sus argumentos mal sustentados!!!!!
Muy buena su carta, ojala y en pro del derecho a la libre expresión la publiquen!!!!!
ElAlispruz dijo…
Iván muy buena la carta. Aunque me lo mandaron no quise leer el artículo de ese pasquín. Frente a los argumentos que plantea el señor Maldoror creo que son de la misma clase que todos los pro-abortistas: descalifican el argumento porque viene de un pro-vida: "por provenir de una persona claramente anti abortista" ¿es eso convincente? Pues parece, puedo equivocarme, que parten de la base del error de quienes nos oponemos.

No veo en qué discuten los argumentos como:
1. La clara humanidad del no-nacido. O ¿qué es? ¿Un ser vivo no identificado?
2. El autoritarismo deshumanizante de la Corte Constitucional ¿se puede obligar a alguien a actuar en contra de su conciencia? Eso es bastante autoritario, de un estado totalitario.
3. Sostienen que hay un problema público...cuya única solución es matar al inocente. Lo que falta en Colombia es protección a la maternidad... además ¿cuál es el problema público? ¿qué tiene qué ver eso con la penalización o no? Invito a Maldoror a que lea un ensayo que escribí sobre el tema en http://elalispruz.blogspot.com/2009/12/aborto-seguro-delito-seguro-la-unica.html Claro está si considera que se puede dialogar con personas "anti-abortistas".
maria dijo…
Y no se le hace interesante que el Porcurador tenga 17 denuncias ante la Corte Suprema de Justicia? La verdad no tod@s confiamos en que Alejandro Ordoñez esté cumpliendo a cabalidad con su deber de defender los derechos de toda la ciudadanía, y lo que preocupa a muchas de las organizaciones civiles es que atepone sus creencias personales a los criterios constitucionales.
maría dijo…
Dice la Sentencia de la Corte Constitucional:
“Las mujeres puestas bajo las hipótesis contenidas en la sentencia C-355 de 2006 gozan del derecho a decidir libres de presión, coacción, apremio, manipulación y, en general, cualquier suerte de intervenciones inadmisibles respecto de la interrupción voluntaria de su embarazo. Es este un derecho de las mujeres quienes aún colocadas en los supuestos allí determinados también pueden elegir con libertad llevar a término su embarazo”,
Maldoror dijo…
Iván:

Pensé que se estaba referiendo a la sentencia misma de la Corte que despenalizaba el aborto en tres casos específicos.

No voy a discutir los puntos que ud enúmero, porque estoy muy lejos de ser experto en leyes. Sin embargo, haré una excepción con el punto 4. ¿Si una mujere tiene 7 meses de embarazo, pero su embarazo representa un peligro para su vida, no tendría derecho a abortar bajo la ley actual en Colombia (por no mencionar, bajo cualquier lógica de derecho natural)?
Maldoror dijo…
D.T.R:

Si se fija, cuando descalifiqué a Iván porque sus argumentos provenían de una persona pro abortista, estaba tratando de ser irónico. Por eso mismo usé las mismas palabras que Iván usó en primera instancia para descalificar a Monica Roa por ser pro abortista. Por eso lo puse entre comillas....

En cuanto sus argumentos, habría que preguntarse no si el feto es humano, sino si es una persona. Y habría que preguntarse también si la mujer está en la obligación de ceder el control de su cuerpo sobre otro ser, sea que ese ser habite en él voluntaria o involuntariamente (y de paso, por al estado). Técnicamente hablando, el aborto no es otra cosa que el derecho que tienen todos los seres humanos a defender su integridad física, sea que esta sea asaltada por voluntaria o involuntariamente por alguien.
El Garrapatero dijo…
¿EL EMBRION ES UN SER HUMANO?

Muchos activistas defensores del género femenino, politicos, sicologos, filosofos, ateos, sociologos, jueces y mujeres todos degenerados mentalmente se atreven a asegurar que el embrión no es un ser humano y juran y perjuran que su abominable idea de asesinarlo antes que llegue la etapa siguiente o sea la fetal se cumpla y con eso avalan el asesinato de niños en el vientre materno, es decir en el útero, estos desalmados entes son peores que los asesinos nazis de la segunda guerra mundial o los modernos asesinos de los regimenes dictatoriales modernos que tienen bajo el terror de las armas a millones de ciudadanos secuestrados en su propio pais, asi viven hoy en día miles de seres humanos indefensos en los úteros de su posible criminal, para que entiendan estos degenerados personajes la etapa embrionaria es una de las tantas etapas que le asisten al ser humano y es quizas una de las más importantes por cuanto es donde se está formando la base del nuevo ser, muchas de las deformaciones que hoy en día estan sufriendo muchos seres se debe al intento criminal de matar al nuevo ser en el úterro materno, todo este proceso de las etapas en el utero materno se denomina gestación, ésta se origina desde el mismo momento de la concepción hasta aproximadamente 40 semanas donde el nuevo ser esta listo para adaptarse a su nuevo habitat en su nueva casa el planeta tierra, estas mujeres desquicuiadas que asesinan a sus hijos en el vientre materno son iguales a las mulas que se comen vivos a sus crias o peores aún porque estos desdichados animales no tienen conciencia de lo que hacen. Claro que el embrión es un ser humano para los unicos que no es un ser humano es para los desquiciados que nombramos al principio de éste párrafo.blogger: opinandoando
El Garrapatero dijo…
Es correcto o incorrecto usar la palabra aborto
Es incorrecto usar la palabra aborto cuando se refiere al asesinato de niños en el vientre materno si le damos unclic al buscador de google y copio la definuición de aborto le puedo explicar por que es incorrecto usarlo veamos cual es el significado que le da wikipedia al término aborto "Su significado es el fracaso por interrupción o malogramiento de un proceso o actividad". ven ustedes por arte de magia sale el significado y dice fracaso por interrupción o malogramiento si hubiese existido el fracaso por interrupción el niño no hubiese sido concebido y eso lo denominamos control natal bien sea por medio de un preservativo o por medio de las pildoras que no permiten que el espermatozoide llegue al ovulo y lo fecunden eso es lo que se denomina interrupción para este caso es que debemos emplear la palabra aborto, cuando el ovulo es fecundado por el espermatozoide esta palabra no se puede usar por que es cuando inicia la vida del nuevo ser, si la madre gestante toma medicamentos por que por cualquier circunstancia no quiere que su niño nazca eso se llama asesinato de un niño en el vientre materno, si por cualquier circunstancia natural o imprevista como una caida, una enfermedad o un accidente el niño se muere en el vientre materno eso se llama muerte accidental o natural en el vientre materno, a estos casos tanto provocados como no provocados no los podemos llamar abortos por que abortar es cuando la acción se interrumpe osea que no llega a producirse. los invito a opinar sobre el tema en este blog: opinandoando

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