Normas de papel
El profesor de la Universidad Nacional, Mauricio García Villegas, publicó hace unos meses el libro “Normas de papel. La cultura del incumplimiento de reglas”, editado por Siglo del Hombre Editores y Dejusticia. Se trata de una interesantísima reflexión acerca del incumplimiento de las normas más elementales de la convivencia social. No hacer fila, hacer fraude en la universidad, incumplir las normas de tránsito e invadir el espacio público, son algunos de los casos que el autor analiza mediante estudios de campo que evidencian que en Colombia existe una extendida y arraigada (anti)cultura del incumplimiento de las normas jurídicas, sociales y de cortesía.
En el fondo, el texto aborda el problema de la obediencia y la desobediencia a las normas. Uno de los grandes temas que asalta a los juristas es el problema de la eficacia del derecho. ¿De qué sirven las normas legítimamente promulgadas si se incumplen sin cesar? El incumplimiento de la ley es abordado desde una perspectiva académica, proponiendo una tipología de los incumplidores, teniendo en cuenta su racionalidad, los motivos de su conducta y su concepción de la ley y la autoridad.
“El vivo” es el incumplidor más frecuente. Se caracteriza por ser un calculador que sopesa el costo del cumplimiento de la norma con los beneficios de incumplirla. “El rebelde” es aquel que no está dispuesto a someterse al poder estatal, y reivindica una libertad absoluta para comportarse socialmente. “El arrogante”, personaje común entre nuestras élites, considera que la familia, la religión o su concepción aristocrática –que lo lleva a pensar, por ejemplo, que el Estado debe asumir los astronómicos costos de un secuestro casi buscado–, están por encima de la ley, y por ello, el incumplimiento de ésta se justifica por la supuesta defensa de aquellos valores.
Ahora bien, como el incumplimiento tiene muchas aristas, y las ciencias sociales sólo pueden explicar la conducta humana, pero sus motivaciones y dilemas mentales son un misterio hasta para el más acucioso investigador, García Villegas propone una mezcla entre los tipos mencionados, y sugiere que existen tres modalidades adicionales de incumplidores, que se caracterizan por combinar algunas de las actitudes descritas: “El taimado” es un vivo y rebelde, “el déspota” es un arrogante y vivo al mismo tiempo, y “el restaurador” es un rebelde y arrogante que no cree en la ley o la autoridad, y está dispuesto luchar por su derrocamiento y sustitución en nombre de otros valores.
Sería pertinente complementar la descripción jurídica del restaurador, ejemplificado en el guerrillero, con la perspectiva política que desde la teoría del partisano de Carl Schmitt ha elaborado Jorge Giraldo. A fin de cuentas, el guerrillero reivindica un orden político y normativo paralelo al estatal.
Con el ánimo de promover el debate público sobre este sugerente texto, resumo, finalmente, algunas críticas a su reflexión teórica. En primer lugar, me parece injustificada la crítica sistemática del principio clásico, sostenido entre otros por Tomás de Aquino, según el cual una norma injusta no es ley, pues lo concibe casi siempre como contrario a las normas. La desobediencia a una ley injusta es compatible con la democracia y con el deber de cumplimiento al derecho que tenemos todos los ciudadanos. Pero la ley no puede sustituir la conciencia individual ni los principios éticos o morales, so pena de arbitrariedad. Por ello, se echa de menos una reflexión sobre la objeción de conciencia, problemática vigente en nuestro contexto constitucional.
Asimismo, el autor asocia indesligablemente la tradición teórica del iusnaturalismo con la herencia española y colonial, la cual, por lo demás, es frecuentemente denostada por considerarla pactista o acomodaticia. Sin embargo, el pactismo no siempre es inconveniente –recuérdese el caso del M-19– sino que además, no se puede asociar siempre la tradición española y colonial con el iusnaturalismo. Fueron los teólogos juristas españoles del siglo XVI quienes cuestionaron severamente la forma como se formalizó la conquista y colonización de estas tierras. Otra cosa son los excesos de algunos de quienes llegaron. Y en cualquier caso, la tradición española tampoco es anárquica.
Apostilla: ¿Han notado que, ante los bancos, el cliente nunca tiene la razón?
Bogotá, 13 de julio de 2010.
Publicado en El Mundo, Medellín, 15 de julio de 2010.
En el fondo, el texto aborda el problema de la obediencia y la desobediencia a las normas. Uno de los grandes temas que asalta a los juristas es el problema de la eficacia del derecho. ¿De qué sirven las normas legítimamente promulgadas si se incumplen sin cesar? El incumplimiento de la ley es abordado desde una perspectiva académica, proponiendo una tipología de los incumplidores, teniendo en cuenta su racionalidad, los motivos de su conducta y su concepción de la ley y la autoridad.
“El vivo” es el incumplidor más frecuente. Se caracteriza por ser un calculador que sopesa el costo del cumplimiento de la norma con los beneficios de incumplirla. “El rebelde” es aquel que no está dispuesto a someterse al poder estatal, y reivindica una libertad absoluta para comportarse socialmente. “El arrogante”, personaje común entre nuestras élites, considera que la familia, la religión o su concepción aristocrática –que lo lleva a pensar, por ejemplo, que el Estado debe asumir los astronómicos costos de un secuestro casi buscado–, están por encima de la ley, y por ello, el incumplimiento de ésta se justifica por la supuesta defensa de aquellos valores.
Ahora bien, como el incumplimiento tiene muchas aristas, y las ciencias sociales sólo pueden explicar la conducta humana, pero sus motivaciones y dilemas mentales son un misterio hasta para el más acucioso investigador, García Villegas propone una mezcla entre los tipos mencionados, y sugiere que existen tres modalidades adicionales de incumplidores, que se caracterizan por combinar algunas de las actitudes descritas: “El taimado” es un vivo y rebelde, “el déspota” es un arrogante y vivo al mismo tiempo, y “el restaurador” es un rebelde y arrogante que no cree en la ley o la autoridad, y está dispuesto luchar por su derrocamiento y sustitución en nombre de otros valores.
Sería pertinente complementar la descripción jurídica del restaurador, ejemplificado en el guerrillero, con la perspectiva política que desde la teoría del partisano de Carl Schmitt ha elaborado Jorge Giraldo. A fin de cuentas, el guerrillero reivindica un orden político y normativo paralelo al estatal.
Con el ánimo de promover el debate público sobre este sugerente texto, resumo, finalmente, algunas críticas a su reflexión teórica. En primer lugar, me parece injustificada la crítica sistemática del principio clásico, sostenido entre otros por Tomás de Aquino, según el cual una norma injusta no es ley, pues lo concibe casi siempre como contrario a las normas. La desobediencia a una ley injusta es compatible con la democracia y con el deber de cumplimiento al derecho que tenemos todos los ciudadanos. Pero la ley no puede sustituir la conciencia individual ni los principios éticos o morales, so pena de arbitrariedad. Por ello, se echa de menos una reflexión sobre la objeción de conciencia, problemática vigente en nuestro contexto constitucional.
Asimismo, el autor asocia indesligablemente la tradición teórica del iusnaturalismo con la herencia española y colonial, la cual, por lo demás, es frecuentemente denostada por considerarla pactista o acomodaticia. Sin embargo, el pactismo no siempre es inconveniente –recuérdese el caso del M-19– sino que además, no se puede asociar siempre la tradición española y colonial con el iusnaturalismo. Fueron los teólogos juristas españoles del siglo XVI quienes cuestionaron severamente la forma como se formalizó la conquista y colonización de estas tierras. Otra cosa son los excesos de algunos de quienes llegaron. Y en cualquier caso, la tradición española tampoco es anárquica.
Apostilla: ¿Han notado que, ante los bancos, el cliente nunca tiene la razón?
Bogotá, 13 de julio de 2010.
Publicado en El Mundo, Medellín, 15 de julio de 2010.

Comentarios
Cami, de acuerdo, aunque como siempre, noto tu matiz anárquico.
Gracias por comentar.
No me parece que se tome como uno de los factores de la (anti)cultura de incumplimiento, tachar a Colombia como un país inmoral y menos que dicha "inmoralidad se origina en el gusto por los placeres mundanos". Por supuesto todo va de la mano al subdesarrollo de nuestro país... ¿Qué me dicen entonces de países 'desarrollados' como Holanda, donde las prostitutas se exhiben en vitrinas como si fueran ropa, o donde se consigue marihuana en las tiendas como si fuera dulces o donde en hay lugares nocturnos para que la gente vaya a consumir?
Si eso es desarrollo y si eso no es tener gusto por "los placeres mundados" creo que estoy más que equivocada.
Una segunda cuestión... jamás había caído en la cuenta pero es verdad... ¡¡¡los bancos son lo peor!!!